lunes, 30 de mayo de 2011

Recordatorio y cambio de domicilio - 2da. Jornada Mujer, Violencia y Salud - Hablemos de Femicidio




Organizan: Mesa de Mujeres por la Paz Provincia de Buenos Aires.
Exponen: Dra. Fernanda Gil Lozano – Dra. Diana Maffia
Lugar: Lartigau 18 Wilde- Avellaneda,(local de Coalición Cívica Ari )- Provincia de Buenos Aires
Fecha: Viernes 3 de Junio de 2011
Horario: 17 horas.

sábado, 2 de abril de 2011

¿Cuándo algunos entenderán que ninguna mujer nace para puta y ningún pibe nace para chorro?


Polémica baja de pena a un abusador
Fallo de la Cámara de Casación / Rechazan la resolución por discriminatoria
Fuente: Diario La Nación
Los jueces dicen que las víctimas pertenecen a una clase social donde se aceptan relaciones a temprana edad.LA PLATA.- En un fallo polémico que generó fuerte rechazo por su carácter discriminatorio, la Sala I del Tribunal de Casación Penal bonaerense redujo a la mitad la pena impuesta a un pastor evangélico condenado por haber abusado sexualmente de dos adolescentes, de 14 y 16 años, por entender que las víctimas, de condición humilde, pertenecen a una posición social en la que se aceptan relaciones sexuales a temprana edad.
En la resolución, el camarista Horacio Piombo consideró además que las adolescentes "poseían experiencia sexual".
Al conocer los detalles del fallo, el abogado constitucionalista Gregorio Badeni sostuvo: "Me parece una aberración que se atenúe una condena por el nivel social de las víctimas. Lo que normalmente sucede es que se eleve la pena, por ejemplo, cuando se trata de un menor".
En coincidencia, el fiscal penal platense Marcelo Romero afirmó: "La edad de las niñas es un agravante, no un atenuante; lo mismo ocurre con la condición social".
El pastor paraguayo Francisco Avalos, de 59 años, había sido condenado por el Tribunal Oral N° 4 de Morón a 18 años de prisión por cuatro abusos sexuales con acceso carnal agravados por ser ministro de culto, en concurso ideal con dos hechos en los que promovió la corrupción de una menor.
Los hechos por los que fue condenado ocurrieron entre abril y agosto de 2000 en la Iglesia Evangélica Jesús es el Camino, en Merlo.
Este veredicto fue revisado esta semana por la Cámara de Casación, luego de que la defensa del pastor lo apelara argumentando que las adolescentes habían tenido experiencia sexual y querían tener un hijo con el imputado.
Estas explicaciones fueron tenidas en cuenta por Piombo y su colega de la Sala I, Benjamín Sal Llargués y dispusieron la reducción de la condena por los abusos sexuales, de 18 a 9 años y medio, y absolvieron al pastor del delito de corrupción de menor de edad calificado por intimidación.
Según consta en el fallo, el juez Piombo afirmó que "lo hecho por el acusado, tener relaciones con mujeres que viven en comunidades en las que el nivel social acepta relaciones a edades muy bajas (...) no lo veo como algo moralmente edificante, pero tampoco como un quehacer aberrante, repulsivo".
La directora del área de Justicia de la Asociación por los Derechos Civiles (ADC), Inés Jaureguiberry, puso énfasis en el "claro prejuicio discriminatorio" del fallo. "Lo que se lee de esta sentencia es que si las víctimas hubieran sido de otra clase social habrían merecido la protección del Derecho", dijo a LA NACION.
De similar manera opinó María Rachid, vicepresidenta del Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (Inadi). "Las adolescentes han sido discriminadas por su edad, por su condición de género, por su situación socioeconómica. Que ellas hayan prestado consentimiento a la relación sexual no es una argumentación válida desde ningún punto de vista. Ese supuesto consentimiento es un consentimiento viciado. Y si hubieran sido mujeres adultas y no menores de edad, también estaríamos frente al mismo delito", sostuvo Rachid.
Tanto la ADC como otros dos organismos de derechos humanos, el Colectivo de Investigación y Acción Jurídica (CIAJ) y el Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA), presentaran la semana próxima ante la Suprema Corte de Justicia bonaerense un documento en el que expertos en un tema, y ajenos al litigio, expresan su opinión sobre una sentencia.
Este texto acompañará la apelación que ya hizo efectiva el fiscal de Casación adjunto, Jorge Roldán, por considerar que la decisión de los magistrados "discrimina a los sectores sociales más humildes y por ende más vulnerables a determinados delitos".
El hecho de que el acusado haya sido un pastor debería también, añadió el fiscal Romero, agravar la condena y no aligerarla. "Se trata de un hombre en quienes los fieles depositan su confianza", indicó.
El psicólogo y coordinador general del programa de Salud Mental del Hospital Pirovano, Miguel Espeche, fue tajante al referirse al polémico veredicto: "Este fallo nos hace indignos a todos como sociedad. La argumentación de los camaristas nos hace daño a todos y pone en estado de indefensión absoluto".
"Hay que repudiar este fallo por discriminatorio. Se hace una generalización extrema con el prejuicio de que los sectores pobres toleran el abuso", enfatizó Jaureguiberry.
DIXIT
Gregorio Badeni
Abogado Constitucionalista
" Me parece una aberración que se atenúe una condena por el nivel social de las víctimas. Lo que normalmente sucede es que se eleve la pena, por ejemplo, cuando se trata de un menor "
Miguel Espeche
Psicologo
" Esta resolución de los magistrados nos hace indignos a todos como sociedad. La argumentación de los camaristas nos hace daño a todos y nos pone en un estado de indefensión absoluto "
Marcelo Romero
Fiscal Penal de La Plata
" El hecho de que el acusado hubiera sido un pastor evangelista debería agravar la pena y no aligerarla, debido a que se trata de un hombre al que los fieles le depositaron su confianza "
Maria Rachid
Vicepresidenta del Inadi
"Las adolescentes han sido discriminadas por su edad, por su género y por su situación socioeconómica. Que hayan prestado el consentimiento para la relación sexual no es un argumento válido "
CLAVES DEL FALLO
Penas más bajas: "No puede sancionarse esta clase de delitos contra la honestidad más severamente que la muerte de un hombre, por lo que corresponde modular la pena en función".
Un hecho aceptado: "Tener relaciones con mujeres que viven en comunidades en las que el nivel social acepta relaciones a edades muy bajas; no lo veo como algo moralmente edificante, pero tampoco como un quehacer aberrante, que hiera la integridad sexual o que constituya, como se dijo, la pompa de la deshonestidad".
Cambios: "El concepto de honestidad no era el mismo cuando el Código Penal comenzó a regir en 1921 que al momento de ser cambiado el título III por la ley 25.087, en mayo de 1999".

martes, 22 de febrero de 2011

Jurisprudencia machista (parte 1)

José Luis Monti será juzgado por su actuación en el sospechoso concurso preventivo presentado por Manuel Vilar, un acaudalado dueño de laboratorios que recurrió a la justicia comercial con él único fin de impedir la subasta de un cuadro de Fader destinado a pagar alimentos debidos a su hija desde el 2002. El Consejo de la Magistratura deberá analizar por qué el Juez Monti demoró dos años en expedirse junto a sus pares de la sala C.

Fuente: www.mercadoytransparencia.org

En un coletazo inesperado de la causa Papel Prensa, el juez de la Sala C José Luis Monti deberá explicarle al Consejo de la Magistratura por qué demoró dos años en fallar en un controvertido concurso preventivo cuyo único fin fue impedir el remate de un cuadro destinado a pagar la cuota alimentaria de una menor, según dijeron dos fuentes a Mercado y Transparencia.
La causa se originó cuando la sala C, integrada por Alfredo Kolliker Frers y Juan Garibotto además de Monti, le fijó un plazo de diez días a la fiscal Alejandra Gils Carbó para dictaminar en el caso Papel Prensa, dijo la primera fuente. La fiscal contraatacó argumentando que el plazo era ilegal e inconstitucional, solicitando a la vez que se investigara por qué Monti se mostraba tan urgido cuando en otros casos, en los que sí había urgencia y hasta menores involucrados, Monti había demorado hasta lo impensado la resolución, citando concretamente el controvertido caso Vilar, dijo la segunda fuente.
Manuel Vilar, acaudalado administrador de participaciones accionarias en laboratorios, se presentó en concurso preventivo en diciembre de 2004, según el expediente al que tuvo acceso MyT. Propietario de diversas obras de arte que adornan su mansión en el country Tortugas, Vilar argumentó que no podía cumplir sus obligaciones ante los acreedores “por un manejo desacertado de su capital”. Sus acreedores eran su propia hija -a quien le debía cuota de alimentos desde el año 2002-, su ex mujer -por cuotas impagas del convenio de disolución de la sociedad conyugal-, los abogados de ambas en los juicios civiles que tramitaban hacia 7 años reclamando el pago de alimentos y el convenio de disolución de la sociedad conyugal, la oficina de rentas -reclamaba cinco cuotas del año 2004 por su mansión de Tortugas-, y Fimelux Internacional, una fantasmagórica sociedad uruguaya offshore que le reclamaba U$S 750.000, un supuesto préstamo que la offshore le habría otorgado sin que él hubiera presentado garantías reales. La supuesta deuda de Vilar con Fimelux habría sido contraída cuatro meses antes de que Vilar iniciara su propio concurso preventivo, según se desprende del expediente.
Con el voto de esta sociedad offshore se aprobó en primera instancia un concordato que transformaba en migajas el crédito de su hija menor de edad y el de su ex mujer, según surge del expediente. Y gracias a este concordato se detuvo la subasta ordenada en un juzgado civil de varios cuadros, entre ellos “Mañana de Primavera” de Fader, valuado en 125.000 dólares, según se desprende del informe del síndico.
Apelada la homologación de este sospechoso concordato, la Cámara integrada por Monti no quisó saber si existió una transferencia bancaria de Fimelux a Vilar, ni tampoco preguntó para qué había pedido Vilar el dinero unos pocos meses antes de presentarse a concurso, y qué hizo con el dinero, si es que en verdad existió esa plata, dijo a MyT la primera fuente que siguió de cerca el caso. Vilar ya había sido procesado tres veces por no pagar los alimentos de la hija, dijo la segunda fuente.
Para peor, de las constancias del expediente surgía que el síndico había determinado que el concursado nunca había estado en cesación de pagos y que por eso no podía indicar la fecha de inicio de la cesación de pago, dijo la segunda fuente. Ante esto, las afectadas y la Fiscalía General ante la Cámara Comercial impugnaron por nulidad el proceso ya que faltaba el requisito sustancial de todo concurso: la cesación de pagos. Además, invocaron la evidente falsedad del crédito de la sociedad uruguaya offshore, que – por entonces- había sido declarada rebelde en el juicio de simulación promovido por las víctimas.
La Fiscalía General pidió al tribunal que le asignara prioridad al fallo señalando que gracias a un concurso fraudulento tenía suspendido hace años el cobro de créditos alimentarios, dijo la primera fuente.
Sin embargo, el tribunal presidido por Monti no dictó sentencia sino que llamó a una audiencia de conciliación, dijo la segunda fuente. El día de la audiencia concurrió solamente la ex mujer del deudor, Claudia Lafage, dijo la fuente. No se presentaron ni el concursado, ni el representante de la sociedad uruguaya offshore. Pero Monti llevó adelante el acto como si estuvieran todos presentes, llamó a las partes a llegar a un acuerdo, o sea, llamó a la señora Claudia a resignar sus derechos ante el concurso evidentemente fraguado, dijo la fuente.
Llamó la atención el empeño de Monti por ayudar al concursado ausente, dijo la segunda fuente. Tan empeñado estaba Monti en ayudar al deudor, que ante la negativa de Claudia a resignar sus derechos –con lágrimas de por medio- resolvió en el acto llamar a una nueva audiencia, de oficio, sin pedido de la parte interesada que ni había concurrido, dijo la fuente que estuvo presente en la audiencia. Claudia y su hija lo recusaron y lo denunciaron al Consejo de la Magistratura por parcialidad, según se desprende del expediente.
Pasado más de un año, por fin, la sala de Monti dictó “una medida para mejor proveer”, pidiéndole al síndico que diga si la ex mujer o su hija habían cobrado cuotas concordatarias, según el expediente. La medida solicitada ponía en evidencia el deseo de los jueces de darle por perdidos sus derechos a la hija menor de edad y a su ex mujer, por haber consentido el concordato, según una fuente de la Fiscalía General. Ante la noticia de que sí habían cobrado las cuotas pagadas por el concursado, urgidas por la necesidad ya que no cobraban alimentos desde el 2002, la Fiscal Alejandra Gils Carbó pidió la intervención del Instituto Nacional contra la Discriminiación y Xenofobia, INADI.
La fiscal sostuvo que era evidente que no existía una razón objetiva que condujera a los jueces a postergar dos años el fallo, revictimizando a la menor de edad y a la ex esposa, según la denuncia ante el INADI a la que MyT tuvo acceso. Gils Carbó invocó violencia económica, patrimonial e institucional basándose en la ley 26.485 que busca prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer.
El INADI estudió el caso y se presentó como amicus curiae en el expediente. Los jueces de la Sala C se tomaron otros varios meses (dos años en total demoró la sentencia de Cámara) para rechazar la intervención del INADI y excluir el crédito de la hija y la ex mujer en el concurso, según el expediente. Un malabarismo insólito destinado a apaciguar al INADI, sin admitir ninguna imputación de fraude concursal, según la segunda fuente

jueves, 10 de febrero de 2011

ALIMENTOS - MODIFICACION AL CODIGO PROCESAL CIV. Y CO. DE LA PCIA BS AS

LEY 14215

MODIFICACION AL CODIGO PROCESAL CIVIL Y COMERCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES EN REFERENCIA AL TRAMITE PARA LA MODIFICACIÓN O CESACION DE LOS ALIMENTOS.

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY

ARTÍCULO 1º: Modifícase el artículo 647 del Decreto-Ley 7.425/68 (y modificatorias - Código Procesal Civil y Comercial) el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 647: Trámite para la modificación o cesación de los alimentos. Toda petición de aumento, disminución, cesación o coparticipación en los alimentos, se sustanciará por las normas de los incidentes, en el proceso en que fueron solicitados. Este trámite no interrumpirá la percepción de las cuotas ya fijadas. En el incidente de aumento de la cuota alimentaria, la nueva cantidad fijada rige desde la interposición del pedido”.

ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los dos días del mes de diciembre de dos mil diez.

Violencia de género en Argentina

Natalia Kidd Buenos Aires, 4 feb (EFE).- El aumento de casos de mujeres muertas como consecuencia de la violencia machista, en especial quemadas por sus parejas, ha disparado los reclamos de Justicia y los llamamientos de la sociedad argentina a las autoridades para atajar este problema.
Según datos difundidos hoy por la Oficina de Violencia Doméstica que depende de la Corte Suprema de Justicia de Argentina, las denuncias vinculadas con la violencia de género crecieron un 75 por ciento en dos años -pasando de 375 en enero de 2009 a 657 el mes pasado-, y en un 78 por ciento de los casos, las víctimas son mujeres. 
De acuerdo con la organización La Casa del Encuentro, que asiste a mujeres víctimas de violencia, el año pasado se registraron en Argentina 260 femicidios, un 12,5 por ciento más que en 2009.
Además, en los últimos doce meses, catorce mujeres murieron tras ser quemadas por sus compañeros, según el Observatorio de Femicidios argentino.
El más reciente caso -el tercero en lo que va de año- es el de Verónica  Medina, de 32 años, que falleció este jueves por las quemaduras sufridas hace una semana tras ser rociada con alcohol y prendida fuego en su casa, durante una pelea con su marido en presencia de sus hijos.
Envuelta en llamas, Medina salió a la calle a pedir auxilio a sus vecinos y alcanzó a acusar a su marido, algo que la mayoría de las víctimas no logra porque muere antes de poder denunciar a su agresor.
Esta brutal serie de femicidios por incineración se acentuó a partir de febrero de 2010 con la muerte de Wanda Taddei, esposa de Eduardo Vázquez, antiguo batería de Callejeros, la banda de rock que tocaba en una discoteca de Buenos Aires que se incendió, con un saldo de 193 muertos, en 2004.
Taddei murió tras sufrir quemaduras en todo su cuerpo de forma accidental, según la versión de Vázquez, actualmente detenido mientras se aclaran las circunstancias del fallecimiento.
"Luego de la muerte de Taddei, diez mujeres más fueron asesinadas incineradas el año pasado y otras diez fueron incineradas pero no murieron, aunque algunas están internadas todavía", dijo a Efe Ada Rico, presidenta de La Casa del Encuentro.
Rico denunció que el hecho de que inicialmente Vázquez quedara libre tras la muerte de su mujer "generó en algunos varones violentos el imaginario de que también ellos podían quedar impunes por estos crímenes".
"Cuando una mujer es incinerada, al llegar al hospital es inducida a coma farmacológico para evitar los tremendos dolores que sufre, pero no puede denunciar y muere sin hablar", afirmó la experta.
Si a esta situación se añaden las demoras de la Justicia, este "modus operandi" se transforma casi en una forma de "crimen perfecto" que, de no llegar a la muerte, deja a la víctima destruida psíquica y físicamente.
Para Rico, los agresores "no tienen un problema psicológico sino un problema
de naturalización de la violencia", un diagnóstico con el que coincide la diputada porteña María Elena Naddeo, coordinadora del Instituto Latinoamericano de Estudios Políticos y Sociales e impulsora de legislación en temas de género.
"No es casual que haya un incremento de los homicidios de mujeres basados en la dominación de género", dijo a Efe Naddeo, para quien en la sociedad "se ha naturalizado la subordinación de género y el estereotipo de la mujer como objeto sexual".
Según la legisladora, esta naturalización cristaliza no sólo en el incremento de los asesinatos a mujeres sino también en otros fenómenos como la expansión de las redes de trata de personas con fines de explotación sexual.
Este jueves decenas de mujeres volvieron a concentrarse como lo hacen todos los meses a las puertas del Parlamento para exigir políticas de Estado en contra de la violencia de género.
Según Naddeo, se necesitan campañas sostenidas para prevenir este fenómeno, un plan de educación y garantizar el acceso a la Justicia "efectivo y directo" por parte de las víctimas.
"Además es prioritario que la Justicia actúe rápidamente y condene a los agresores de modo ejemplar", señaló.
Fuente: http://www.abc.es/agencias/noticia.asp?noticia=679622

Donde van los bebés

Fundación Adoptar, trabaja hace 12 años, investigando y denunciando penalmente la Trata de Bebés en Argentina.
En ese tiempo, hemos visto, tan sólo las espaldas de todos los políticos y funcionarios públicos a los que hemos notificado sobre esta situación y pedido ayuda para terminar con este flagelo.
Según el Gobierno Nacional, se necesitan dos instituciones para defender los derechos humanos en el país de ficción en donde viven ellos y son: las que defiende sus hijos desaparecidos y 400 nietos, que dicen, aún faltan encontrar.
Nunca, jamás hemos escuchado a la Presidenta de la Nación, ni a su esposo, hablar sobre Derechos Humanos, que no sean en exclusividad, los de estas dos organizaciones, presentes, en la primera fila de todos los actos públicos.
Mientras ocurre esta obscenidad con los Derechos Humanos en Argentina, siguen desapareciendo, un promedio de 12 bebés por semana de Añatuya, Santiago del Estero, una de las tres fábricas de bebés de nuestro país y se niegan a mirarnos y respondernos, cuando les preguntamos  ¿porqué no dicen ni hacen nada cuando los notificamos de ésto?, ¿porqué sobreseen a los delincuentes a pesar de nuestra pruebas irrefutables, sin siquiera haberlos llamados a declarar.?
A usted, que es una persona común, que tan sólo deseaba tener un hijo, le dedicamos este reportaje en audio. Escúchelo y comprenda, porqué duran tanto sus trámites para adoptar en Argentina y a dónde fueron a parar los sueños de aquel bebé que podría haber estado en su casa, seguro, confiado de iniciar el camino de su vida, tomado de su mano y diciéndole mamá.
Nos están robando el futuro, nos están esquilmando por dentro y por fuera.
En este audio, están descriptos los métodos y los cómplices de esta desgracia humana, que ustedes y nosotros, debemos soportar.
Audio de un reportaje sobre la verdad oculta
Fuente: http://www.adoptar.org.ar/2011/02/los-bebes-desaparecidos-en-democracia-%c2%bfadonde-van/

viernes, 4 de febrero de 2011

El INADI frente a la violencia de género

El INADI frente a la violencia de género
31/01/11. El presidente del INADI, Claudio Morgado, expresó su preocupación y total repudio a los numerosos y cada vez más cruentos casos de violencia de género que se han conocido en los últimos días.
“Como defensores de los Derechos Humanos y por nuestro compromiso con este modelo de país inclusivo, democrático y plural, no podemos aceptar que sigan torturando, vejando y matando mujeres victimas de la violencia de género. Debemos trabajar intensamente para erradicar todo tipo de violencias hacia las mujeres. Es urgente y no podemos permitir que muera ni una sola mujer más víctima de la violencia de género. Es un flagelo que nos debe comprometer a todos y todas”, señaló Morgado.
En los últimos días, se han conocido los casos de Melisa Velázquez, joven de 18 años embarazada que fue asesinada por su ex pareja, y el de Ivana Correa de 22 años, quien fue rociada con alcohol y prendida fuego con un 30% de su cuerpo quemado, habiendo fallecido el sábado pasado.
El viernes se conoció el caso de Carolina a quien su pareja mató en una discusión rociándola con alcohol y produciendo quemaduras en un 60 % de su cuerpo. Estos casos de violencia y homicidio contra mujeres (femicidios) se suman a los del año anterior, siendo los más conocidos los de Wanda Taddei, Alejandra Rodríguez, Norma Rivas, Vanesa Avilés y Fátima Guadalupe Catán, entre muchas otras mujeres quemadas por sus parejas varones.
Según el último informe de femicidios del “Observatorio de Femicidios en Argentina de la Sociedad Civil Adriana Marisel Zambrano”, elaborado por la Asociación Civil La Casa del Encuentro, en 2010 murieron 260 mujeres y niñas.
El presidente del INADI agregó que “la violencia de género constituye un grave problema social ya que limita la libertad de las mujeres en todas las esferas de su vida, destruyendo su salud, su autoestima y reduciendo su participación en la vida social, política y económica de un país, violencia que llega a manifestarse –y no de manera excepcional- en atentados contra la vida de las mujeres. La violencia contra las mujeres atraviesa todas las clases y sectores sociales. Se trata de un acto de discriminación y sometimiento absoluto, porque vulnera la capacidad de desarrollo y pleno ejercicio de los Derechos Humanos de las mujeres”.
Desde el año pasado, la Argentina cuenta con una Nueva Ley de Violencia hacia las Mujeres que constituye una herramienta normativa de vanguardia para combatir este flagelo. Uno de los objetivos de la Ley 26485 de “Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres” es la eliminación de la discriminación de los varones hacia las mujeres en todos los órdenes de la vida, la afirmación del derecho a vivir una vida sin violencia, el acceso a la justicia y la asistencia integral para las mujeres que padecen violencia.
La responsable del Área de Género del INADI, Cecilia Lipszyc señala que “desde el Área de Género, perteneciente a la Dirección de Políticas Contra la Discriminación del INADI, hemos lanzado el año pasado la Campaña “No a la violencia contra las mujeres y niñas”, desde la cual estamos trabajando intensamente en llevar adelante políticas públicas que difundan la Nueva Ley y hagan efectivas acciones de concientización social contribuyendo a la erradicación de la violencia hacia las mujeres. Para este año, las actividades que tenemos programadas se centran en esta cuestión, ya que consideramos que es de carácter urgente.”
Los contenidos de la campaña iniciada por el Inadi a fines de 2010 están orientados a promover los alcances de la Ley 26.485, reglamentada el año pasado por el Poder Ejecutivo Nacional, que amplía los derechos y los niveles de protección a las mujeres que son víctimas de situaciones de violencia.
El Inadi ofrece el 0800 999 2345 y el sitio www.inadi.gob.ar para informar a las mujeres víctimas de violencia sobre los centros de atención, asesoramiento y derivación en todo el país.
Fuente: www.inadi.gob.ar